PRIMERO: Que mediante Decreto Legislativo No. 78-2015, de fecha 18 de agosto del año 2015, año a año se han trasladado los feriados correspondientes a las Festividades Cívicas de los días 3, 12 y 21 de octubre, a la primera semana del mes de octubre bajo la denominación de “Semana Morazánica”.
SEGUNDO: En tal sentido, se hace del conocimiento del público en general que para los empleados de la Administración pública en su conjunto, exceptuando los que enumera la cláusula
CUARTO: del presente comunicado, se concede asueto toda la semana a partir del lunes 2 al viernes 06 de octubre de 2023.
Aclarando que los días lunes 2 y martes 3 de octubre, corren a cuenta de vacaciones.
TERCERO: En el caso de los empleados del sector privado, iniciarán el feriado el día miércoles 4 a las doce del mediodía (12:00 m.), concluyendo el sábado 7 de octubre, a las doce del meridiano (12:00 m.).
CUARTO: Las disposiciones anteriores no aplican en el caso de aquellas Instituciones e instancias que por mandato brindan Servicios Públicos y de cuyas prestaciones se requieren en cualquier momento, tal es el caso de: Cuadrillas o servicios de emergencias en la ENEE, SANAA, HONDUTEL; Instituciones de seguridad nacional como: Defensa Nacional, Seguridad, Salud, Administración Aduanera de Honduras, Instituto Nacional de Migración, Instituto Hondureño de Transporte Terrestre, Cuerpo de Bomberos; y otras instancias que atienden emergencias de vital importancia para la población o la economía del país.
Estas deben continuar laborando en las áreas que cada Titular o Gerencia considere indispensable para su funcionamiento.
QUINTO: Queda sin valor y efecto el Comunicado emitido por esta Secretaría de Estado en fecha 12 de septiembre de 2023.
Dado en Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los 25 días del mes de septiembre de 2023.