El Consejo Nacional Anticorrupción (CNA) presentó una denuncia ante el Ministerio Público (MP) contra el procurador general de la república, Manuel Antonio Díaz Gáleas, y el subprocurador, Tomás Emilio Andrade Rodas, por violentar la normativa constitucional en su nombramiento.
En el informe: <<Defensores del Estado y su falsa promesa de ley», el CNA detalla cómo una de las primeras acciones del actual Congreso Nacional incumple lo que establece el artículo 229 de la Constitución de la República, en relación con los requisitos para ocupar la titularidad de la Procuraduría General de la República, en un claro ejemplo de inobservancia al principio de legalidad y debido proceso.
El 2 de febrero de 2022, el diputado del partido Libertad y Refundación (Libre), Rafael Sarmiento, presentó la moción legislativa para el nombramiento de los dos funcionarios, que se aprobó en horas de la madrugada del 3 de febrero y se publicó en el diario oficial La Gaceta el día 8 de ese mes.
Considerando los antecedentes, el CNA sustenta la acusación en lo que establece el artículo 500 del Código Penal, al cometer acciones de «<anticipación, prolongación y abandono de funciones públicas», en la que incurren los funcionarios de la PGR y quienes los propusieron en el cargo.
Sin embargo, en el caso de las y los diputados, no pueden ser acusados, ya que se blindaron con la aprobación del Decreto n.º 117-2019 de la Ley Orgánica del Congreso Nacional, que establece no incurren en responsabilidad penal, civil o administrativa en el ejercicio de sus funciones.
Dicha normativa sanciona a quien a sabiendas que no cumple con los requisitos establecidos en la ley, comiencen a ejercer un empleo o cargo público. En este caso, para ambos funcionarios se requiere la condición de ser notarios, misma que no poseen.
El CNA emprende esta acción a pocos días de la elección de la nueva Corte Suprema de Justicia (CSJ), para que las acciones de las diputadas y diputados se guíen bajo la máxima del respeto a la Constitución de la República y en cumplimiento con los requisitos de idoneidad establecidos por la ley.