SAN PEDRO SULA, Cortés. – El Juzgado de Ejecución Penal de la Sección Judicial de San Pedro Sula, a través de la jueza de turno en un Auto Motivado, notificó al comunicador social, Edgardo Zúñiga, la sentencia de 17 años de prisión, condena confirmada en la cuarta instancia ya que su defensa técnica legal sometió el Recurso Extraordinario de Revisión y el pleno de la Corte Suprema de Justicia, confirmó la resolución adoptada por la Sala Penal.
En un Recurso de Casación planteado por el Ministerio Público, el 15 de diciembre del año 2008 los magistrados de la Sala Penal confirmaron la sentencia de 17 años de prisión que decretó en su momento la Corte de Apelaciones Seccional de San Pedro Sula.
Antecedentes: El comunicador social, primeramente, fue capturado el 5 de septiembre del 2003, su causa fue sometida bajo secretividad en el año 2001 ya que estaba vigente el Código de Procedimientos Penales (Código que caducó el 19 de febrero del 2002), y fue absuelto por duda razonable el 18 de abril del 2005 al decretarse un sobreseimiento definitivo. Y casi de inmediato fue puesto en libertad.
Una vez planteado el Recurso de Apelación ante el Juzgado de Letras de lo Penal Unificado (ya que la causa se conoció en el Juzgado de Letras Tercero de lo Criminal), se trasladó el expediente a la Corte de Apelaciones Seccional, que posteriormente anuló, modificó y reformó la sentencia, de tal forma, que fue condenado a una pena principal de 17 años de reclusión junto a Walter Enrique Urbina Vallejo, ya que se les encontró responsables del delito de homicidio simple en perjuicio de Arístides Soto Soto.
Una vez que el expediente fue trasladado de la segunda a la primera instancia, se les comunicó la sentencia y se les aplicaron medidas cautelares sustitutivas.
El Juzgado de Ejecución Penal, reactivo y volvió a girar la orden de captura el 10 de agosto del año anterior, y que fue ejecutada por los agentes de localización y capturas de la Unidad Nacional Anti Secuestros (UNAS-DPI), el sábado 20 de julio, dicha orden judicial fue emitida con la finalidad de comunicarle al encausado la sentencia definitiva.