Para la correcta eficacia del desempeño de la CICIH y una igualitaria aplicación de la justicia penal, deróguese el artículo 4 del decreto 04-2022 así como sus efectos legales.
Declárese nulas e inexistentes de pleno derecho, cualquier resolución emitida en favor de cualquier imputado que se haya fundamentado en este artículo, así como sobreseimientos, cartas de libertad, sentencias absolutorias y archivos de juicios penales.
Se ordena al poder Judicial que a partir de la vigencia del presente decreto volver los juicios al estado en que se encontraban antes de la aplicación del artículo 4 del decreto 04-2022 y darle el trámite y curso legal a los mismos en base a nuestra ley penal y procesal penal.
Declárese de prioridad para la CICIH la investigación de cualquier denuncia o caso de corrupción de los gobiernos desde 2002 a la fecha de entrada en vigencia de este decreto.