Lista para ofrecer el beneficio de la Ley del Hondureño Ausente

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La Administración Aduanera de Honduras a través de sus diferentes oficinas ubicadas en puertos, aeropuertos y fronteras terrestre se encuentra lista para otorgar a los hondureños que han radicado en el extranjero por más de un año, el beneficio contemplado en el Decreto Legislativo 185-86, conocida como la “Ley del Hondureño Ausente” misma que tiene una duración de 2 meses del 15 de noviembre de 2023 al 15 de enero de 2024.

La Ley permite a los hondureños y hondureñas por nacimiento que residen de forma permanente en otros países por más de un año y los hijos de estos, la introducción de ciertos artículos de uso personal, artículos electrónicos y de salud, sin pago de impuestos, tasas o gravámenes.

El director de Aduanas Honduras, Fausto Cálix, manifestó: “El beneficio de la exención de impuestos es de carácter personal e intransferible, otorgándose por única vez al momento de ingresar al país, por lo que el personal en las aduanas a nivel nacional está preparado para recibirles y atenderles”.

“Esta Administración bajo la directriz de la presidenta, Xiomara Castro, está comprometida en brindar beneficios al pueblo hondureño y en este caso, nuestros compatriotas que radican fuera del territorio, que para estas fechas traen presentes a sus familiares”, agregó el titular de Aduanas Honduras.

Entre los requisitos para poder obtener el beneficio:

•     Ser hondureño por nacimiento, o hijo de padre o madre hondureña por nacimiento.

•     Presentar pasaporte nacional o extranjero o cualquier documento oficial extendido en su lugar de residencia.

•     En caso de tratarse de personas nacidas en el exterior que sean hijos de padre o madre hondureño por nacimiento, deberán presentar documento extendido por autoridad competente en el cual se acredite este extremo.

•     Documento que ampare su residencia permanente fuera del país por más de un (1) año;

•     Deberá ingresar al territorio nacional en el período comprendido del 15 de noviembre 2023 al 15 de enero 2024.

•     Al momento de arribar al país deberá de presentar el listado detallado de las mercancías, con su respectivo valor en aduanas.

•     Que las mercancías que se importen atiendan a la cantidad y clase, de igual forma que las mismas no se destinen para fines comerciales.

Entre el listado de artículos se encuentran de uso personal, doméstico, cuidado e higiene personal, hogar, salud, recreación, tecnológico, entre otros.

El listado se encuentra disponible en la página web www.aduanas.gob.hn, en el apartado “Solicitudes y Gestiones” luego dirígete a “Beneficio del Hondureño Ausente”.