Juicio de ex-alcalde talangueño iniciará el 16 de enero

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La Sala II del Tribunal de Sentencia con Jurisdicción Nacional programó para el 2023 el desarrollo del juicio oral y público para el exalcalde de Talanga, Roosevelt Avilez, y su núcleo familiar, incluida su esposa, Nancy Santos Ríos.

El juicio oral se realizará del 16 de enero al 10 de febrero de 2023, fijo el tribunal en mención tras culminar la audiencia de proposición de medios de prueba en la que solamente un 38 por ciento del arsenal probatorio fue admitido en esta causa.

Los acusados por el delito de lavado de activos son Roosevelt Avilez, su esposa Nancy Santos Ríos, su suegra Bella Esperanza Ríos Zúniga, César Bladimir Leiva Ríos y Fadde Saroginy Avilez López.

La fiscalía afirmó que las operaciones y el blanqueo de capitales del clan Aviléz están vinculados directamente a las actividades de narcotráfico que por años dirigió Juan Ramón Matta Waldurraga (con orden de captura y proceso extradición tramitado por la Fiscalía de Honduras), estableciéndose, por tanto, como delito precedente el tráfico de drogas a gran escala.

Es de recordar que la Fiscalía Especial Contra el Crimen Organizado (FESCCO) y la Dirección de Lucha Contra el Narcotráfico (DLCN) señalan a los acusados de un delito de lavado de activos superior a los 367 millones de lempiras, razón por la que en el marco de la Operación Real se les aseguraron 131 bienes inmuebles, 43 vehículos y tres sociedades mercantiles, bienes puestos a la orden de la Oficina Administradora de Bienes Incautados (OABI) y por lo que simultáneamente se ejecutaron 11 allanamientos de morada y cuatro inspecciones a negocios en las ciudades de Tegucigalpa, Talanga, San Pedro Sula y Puerto Cortés.

En esta causa, el 12 de enero pasado, luego de la audiencia preliminar desarrollada en el fuerte Cabañas, el Juez de Letras con Competencia Territorial Nacional en Materia Penal argumentó que existían suficientes indicios y pruebas para emitir el respectivo auto de apertura a juicio, remitiendo la causa a Tribunales de Sentencia.

En relación a este caso, la DLCN recibió denuncia en fecha 23 de marzo de 2013 en contra del ciudadano Roosevelt Eduardo Aviléz López, en la cual se manifestó su supuesta participación en una estructura dedicada al tráfico ilícito de drogas, producto de la cual ha incrementado su patrimonio, y de la cual hacen parte varios miembros de su núcleo familiar.

Cabe mencionar que el Ministerio Público recibió posteriores denuncias en los años 2014 y 2015.

Fue así que después de profundizar con las diligencias investigativas dirigidas a identificar el patrimonio del denunciado y de su círculo familiar, se logró establecer la existencia de un aumento patrimonial evidentemente desproporcionado en relación a las actividades económicas generadoras de ingresos, pudiendo deducirse, en virtud de las denuncias recibidas y las técnicas especiales de investigación empleadas.

Dicho patrimonio proviene de actividades relacionadas al tráfico ilícito de drogas en asociación con el hondureño Juan Ramón Matta Waldurraga, pedido en extradición a Colombia, por el gobierno de Honduras, país en el que fue capturado en 2019 tras cumplir una pena por narcotráfico en Estados Unidos.

De manera que, del análisis financiero y patrimonial en donde se identificó al señor Roosevelt Eduardo Aviléz López un total de ciento sesenta y cuatro millones, cuatrocientos setenta y cuatro mil novecientos treinta y cuatro lempiras con 86/100 (L.164,474,934.86) sin justificación de su origen en relación a la indagación de sus actividades generadoras de ingresos.

En iguales condiciones se encuentra su cónyuge la señora Nancy Mareyil Santos Ríos, puesto que después del análisis de toda la información patrimonial y financiera, se determinó la cantidad de ciento cincuenta y siete millones, cuatrocientos cincuenta y dos mil novecientos setenta y cuatro lempiras con 94/100 (L.157,452,974.94) que se encuentran de igual manera sin poder justificar un origen legítimo. De su lado, la imputada Bella Ríos no justifica un incremento patrimonial de veintitrés millones cuatrocientos noventa y ocho mil trescientos cincuenta y seis lempiras con 52/100 (L.23,498,356.52), mientras que la imputada Fadde Avilés López no acredita, ni justifica, un incremento patrimonial de veintiún millones seiscientos un mil cuarenta y dos lempiras con 17/100 (L.21,601,042.17).

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