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El juez del juzgado de Letras con Competencia Nacional en Materia de Corrupción en resolución de Audiencia Inicial dictó auto de Formal Procesamiento a Jesús Arturo Mejía, exgerente de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE), y también a Mario Ricardo Cardona, exdirector del Fondo Social de Desarrollo Eléctrico (FOSODE), ambos por violación a los deberes de los funcionarios.

En ese sentido, la resolución señala que “conforme a la valoración de los medios de prueba realizada de acuerdo a la sana crítica, es decir a las reglas de la lógica, las máximas de la experiencia y la psicología”, considera el juez que existe plena prueba para determinar la existencia del delito de violación de los deberes de los funcionarios, siendo que concurren todos los elementos de su tipificación legal.

Tal y como había sido solicitado en la etapa de las conclusiones a ambos imputados se le mantienen las medidas distintas a la prisión establecidas en el artículo 173 como ser la presentación periódica cada 15 días a este juzgado para firmar el libro de registro correspondiente y la prohibición de salir del país.

En su resolución el Juez de Letras en Materia de Corrupción dictó sobreseimiento definitivo para el Jefe de Almacén de la ENEE, Gerardo Antonio Rivera, acusado por malversación de caudales públicos.

El togado explica en su determinación jurídica que “con la carga probatoria propuesta por el Ente Acusador, considera el suscrito que ha quedado probado que el hecho penal no ha existido”.

Relacionado con este caso, la Fiscalía contra la Corrupción también presentó antejuicio en contra del regidor municipal de Intibucá, Selvin Sadi Márquez Euceda, por suponerlo responsable del delito de malversación de caudales públicos, el cual fue declarado con lugar, ya que según investigaciones de la Agencia Técnica de Investigación Criminal (ATIC), el 17 de noviembre del año 2017 el regidor en mención, retiró del almacén central de la estatal eléctrica los materiales que según la solicitud estaban destinados para la electrificación de esa comunidad y mediante inspección realizada el 05 de abril de 2021 se constató que el proyecto no se ejecutó, causando un perjuicio de 722 mil 083 lempiras con 55 centavos, al Estado, ya que se desconoce el destino de los materiales.

En este caso, tanto el exgerente como el director de FOSODE en 2017 de la ENEE, se supone habrían incurrido en violación de los deberes de los funcionarios al omitir algunos lineamientos de verificación de proyectos.

Por lo anterior, fiscales contra la corrupción de Comayagua, en audiencia inicial, presentaron 50 medios de prueba.

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