Ley Seca el viernes y domingo en la capital

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En el feriado de Semana Santa, la Alcaldía Municipal del Distrito Central (AMDC) velará por el cumplimiento de la Ley Seca para el Viernes Santo y Domingo de Resurrección.

Las autoridades municipales determinaron restringir la venta y consumo de bebidas embriagantes en este feriado de Semana Santa en el Distrito Central, para garantizar la seguridad de los ciudadanos y el orden en el desarrollo de los actos religiosos en un ambiente propicio.

Por lo que, mediante Acuerdo No. 020-2026 la Corporación Municipal del Distrito Central, autorizó al Alcalde Municipal para que en las fechas conmemorativas de festividades especiales establecidas en ley, emita las Ordenanzas Municipales que correspondan a través de una Ley Seca, determinando en esta ocasión la emisión de la ORDENANZA MUNICIPAL – LEY SECA 001-2026, de fecha 26 de marzo de 2026, durante el Viernes Santo (03 de abril de 2026) y Domingo de Resurrección (05 de abril de 2026).

La Ordenanza Municipal establece que, en los lugares cercanos y/o aledaños a las Iglesias y donde se celebren y desarrollen actos religiosos en ocasión de la Semana Santa, queda terminantemente prohibido el consumo de bebidas embriagantes en áreas públicas, así como su venta, el  Viernes Santo (03 de abril de 2026) a partir de las seis de la mañana (6:00 a.m.) hasta las seis de la mañana (6:00 a.m.) del Sábado de Gloria; además, se prohíbe el consumo y venta de estas mismas bebidas, el Domingo de Resurrección (05 de abril de 2026) a partir de las seis de la mañana (6:00 a.m.) hasta las seis de la mañana (6:00 a.m.) del lunes 06 de abril de 2026.

La Ordenanza también estipula que, los bares, cantinas, billares, estancos, expendios de aguardiente, clubes nocturnos, discotecas y depósitos de aguardiente, localizados en las zonas estipuladas en esta normativa, permanecerán cerrados todo el tiempo que dure la restricción.

Asimismo, los propietarios, administradores o arrendadores de todo negocio que venda bebidas alcohólicas, de las zonas antes indicadas, colocaran un rotulo en su negocio con la siguiente leyenda: ‘‘prohibida la venta y consumo de bebidas embriagantes por motivo de ley seca’’.

La Municipalidad, a través del Departamento Municipal de Justicia (DMJ) y la Policía Municipal, al igual que la Policía Nacional, se encargará de velar por el fiel cumplimiento de la Ordenanza, y quienes la infrinjan serán sancionados con multas que van de L5,000.00 a L 15,000.00, sin perjuicio de otras acciones que puedan ejecutarse con base en ley.