El Tribunal Superior de Cuentas (TSC) y el Ministerio Público (MP) iniciaron un proceso coordinado de entrega y recibo de expedientes relacionados al Fondo Social de Planificación Departamental, el Fondo de Desarrollo Departamental y subsidios destinados para la ejecución de proyectos comunitarios o ayudas sociales en los diferentes departamentos del país.
La remisión de la documentación la autorizó el Pleno de Magistrados del ente contralor en cumplimiento al Decreto No. 20-2022, emitido por el Congreso Nacional, el cual ordena al TSC remitir al MP todos los expedientes recibidos al amparo del Artículo 131-A, del Decreto Legislativo No. 83-2004, en el estado procesal en que se encuentren.
El primer lote comprende 45 cajas, que contienen 1,100 expedientes debidamente inventariados, de los cuales el MP recibió las primeras cajas, a través de Secretaría General, respetando la respectiva cadena de custodia a fin de garantizar el debido proceso y la legalidad de la evidencia.
A iniciativa del TSC se nombraron enlaces, uno por el ente contralor y otro por el MP, para coordinar el proceso de entrega y recepción de toda la documentación recibida para ser objeto de auditoría.
Previo, se sostuvo una reunión entre el magistrado presidente del TSC, Roy Pineda Castro, y el titular de la unidad Fiscal Especializada contra Redes de Corrupción, Luis Javier Santos, con sus respectivos equipos de trabajo, para coordinar la primera entrega y recibo de la evidencia.
El Artículo 131-A ordenaba al TSC realizar una Auditoría e Investigación Especial de todos los fondos públicos gestionados, recibidos, administrados y ejecutados por los Servidores Públicos, Diputados al Congreso Nacional, Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD), Organizaciones Privadas de Desarrollo (OPD’s), Fundaciones y en general todas aquellas personas naturales o jurídicas que a cualquier título recibieron o administraron fondos públicos en los períodos de gobierno 2006-2010, 2010-2014, 2014-2018.
Los fondos antes referidos comprendían tanto el Fondo Social de Planificación Departamental, el Fondo de Desarrollo Departamental, subsidios o cualquier otra denominación que se les haya dado a los fondos que son destinados para la ejecución de proyectos comunitarios o ayudas sociales en los diferentes departamentos, incluyendo los tercerizados o descentralizados.
El Decreto No. 20-2022 ordenó cumplir la sentencia de la Sala de lo Constitucional, que declara la inconstitucional del Artículo 238 contenido en el Decreto No.141-2017 y la Fe de Erratas del
mismo.
El TSC notificó 64 informes producto de las auditorías e investigaciones especiales realizadas, de estas remitió 6 al MP por encontrar indicios de responsabilidad penal; asimismo, cumple con la entrega de los expedientes al MP, en cumplimiento al Decreto No. 20-2022, emitido por el CN.