La Corte de Apelaciones Con Competencia Nacional en Materia de Corrupción, por unanimidad de votos, confirmó el Auto de Formal Procesamiento para el exgerente de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) Jesús Arturo Mejía y también al exdirector del Fondo Social de Desarrollo Eléctrico (FOSODE) a Mario Ricardo Cardona, por el delito de Violación a los Deberes de los funcionarios, afirmó el portavoz de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Carlos Silva.
La resolución indica, “Declarar sin lugar el recurso de apelación interpuesto por las defensas en contra del auto de formal procesamiento dictado en contra de los acusados Jesús Arturo Mejía Arita y Mario Ricardo Cardona Flores por suponerlos responsables, a título de autores directos, de un delito consumado de violación de los deberes de los funcionarios públicos, en perjuicio de la
Administración Pública del Estado de Honduras”.
En consecuencia, a ambos imputados se les mantienen las medidas distintas a la prisión establecidas en el artículo 173 numerales seis consistente en la presentación periódica cada 15 días al juzgado a firmar el libro que al efecto se lleva y la 7 consistente en la prohibición de salir del país.
En el caso del Jefe de Almacén de la ENEE, Gerardo Antonio Rivera acusado por Malversación de Caudales Públicos, la Corte de Apelaciones de Corrupción le ratificó el Sobreseimiento Definitivo dictado en la Audiencia Inicial, en virtud de declararse sin lugar el recurso interpuesto por la fiscalía y la Procuraduría General de la República.
En la presente resolución también se declaró Sin Lugar el recurso de apelación interpuesto en contra de lo decidido como consecuencia del Incidente de Incompetencia y la excepción por falta de acción planteado en la audiencia inicial, por lo que se confirma lo actuado y resuelto por el Juez de Letras con Competencia Nacional en materia de Corrupción en fecha 01 de febrero de 2023.
El hecho penal en la presente causa indica que del almacén de la ENEE se retiraron los materiales que servirían para un proyecto de electrificación en la Comunidad de El Rodeo, Intibucá, trabajo de alumbrado que no se ejecutó, lo que habría causado un perjuicio para el Estado por más de 720 mil lempiras.