El Poder Judicial de Honduras, la Secretaría de Estado en los Despachos de Gestión de Riesgos y Contingencias Nacionales, la Secretaría de Estado en los Despachos de Seguridad y la Secretaría de Estado en los Despachos de Salud, comunican al pueblo hondureño, que tras varias reuniones sostenidas entre las máximas autoridades de las Instituciones antes mencionadas, se determinó crear de manera inmediata los procedimientos forenses, legales, logísticos y de contingencia para realizar los levantamientos cadavéricos a nivel nacional, debido a la interrupción de labores que mantienen los fiscales del Ministerio Público y la Dirección General de Medicina Forense.
La magistrada presidenta de la Corte Suprema de Justicia, Rebeca Lizette Raquel Obando, los Magistrados de la Sala de lo Penal, en coordinación con los secretarios de Estado, Darío García de la Secretaría de Gestión de Riesgos, José Manuel Matheu de la Secretaría de Salud y, Ramón Antonio Sabillón, de la Secretaría de Seguridad, lograron concertar las líneas de trabajo que serán utilizadas para hacer frente a este escenario durante el tiempo que sea necesario.
Los levantamientos cadavéricos en los distintos puntos del país que se presenten en la vía pública, serán realizados por los Jueces de Paz, personal médico de las distintas Instituciones Públicas y la Policía Nacional en sus diferentes direcciones nacionales y unidades especiales.
Mientras tanto los decesos ocurridos al interior de las instalaciones de los Hospitales Públicos serán cubiertos por el personal ya asignado al respectivo centro asistencial.
Para lograr el objetivo trazado, se ha solicitado la inmediata colaboración del Registro Nacional de las Personas (RNP), para la identificación de los fallecidos mediante huella dactilar.
Por parte de las autoridades de la alcaldía del distrito central se requerirá la preparación de distintos nichos o fosas en el cementerio municipal, así como la ubicación en los predios de este mismo cementerio de un contenedor refrigerado de la Secretaría en Gestión de Riesgos, para poder colocar y mantener por un tiempo prudencial los cuerpos que hayan sido resultado de los levantamientos cadavéricos.
El mismo proceso de ejecución deberá replicarse por las alcaldías al interior del país en coordinación directa con los enlaces designados en la Capital de la República.
En los casos en los cuales se proceda al entierro del cuerpo, y con el fin de realizar las investigaciones correspondientes a futuro, los familiares deben indicar el lugar exacto a las autoridades, para la posterior ejecución del proceso de ley.
La Secretaría de Estado en los Despachos de Gestión de Riesgos y Contingencias Nacionales, activará todas sus unidades departamentales y regionales para replicar las mismas acciones que se ejecuten en el Distrito Central. A nivel judicial, todas las acciones correspondientes, ante la ausencia de los Fiscales del Ministerio Público, serán ejecutadas por los Jueces de Paz Penal a nivel nacional y los funcionarios judiciales asignados a los Juzgados de Paz Móvil, tal como lo establece nuestra normativa procesal penal.