No se requiere salvoconducto: No es “Toque de Queda”

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La Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad a través de la Policía Nacional de Honduras en relación al estado emergencia, los principios de necesidad y proporcionalidad ineludibles para mantener la seguridad, el orden y la paz; comunica lo siguiente:

  1. Que la señora Presidenta Constitucional de la República en Consejo de Ministros, mediante Decreto PCM-29-2022 facultó a la Policía Nacional de Honduras para detener a las personas que determine y considere responsables de asociarse, ejecutar, o tener vinculaciones, en la comisión de delitos y crímenes contemplados en este Decreto, en los sectores de los municipios del Distrito Central y del Valle de Sula, identificados por las instituciones encargadas de velar por la paz y el orden.
  • Conforme a las facultades otorgadas a la Policía Nacional respetando el principio de necesidad y proporcionalidad con la intención de mantener la seguridad, el orden y la paz, los miembros de esta institución podrán detener a las personas que se determine y se consideren bajo investigación por suponerles responsables de asociarse, ejecutar, o tener vinculaciones, en la comisión de delitos y crímenes respetando la libre circulación de las personas en todo el territorio nacional, teniendo un particular enfoque en las acciones que se desarrollen en los sectores de aplicabilidad de esta norma.
  • Conforme a lo establecido en el artículo No. 2 del presente Decreto La libre circulación se realizará con normalidad en todo el país, aún en las zonas descritas en el presente Decreto y solo podrá ser restringida por las causales aquí descritas, determinadas puntualmente por la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad a través de la Policía Nacional, con apoyo de la Dirección Nacional de Investigación e Inteligencia (DNII) y las Fuerzas Armadas de Honduras.
  • El Estado de Excepción es a partir de las 6:00 pm. del martes 6 de diciembre de 2022, hasta las 6:00 pm. del 6 de enero del año 2023. Por consiguiente, es una restricción continua durante 30 días calendario y en virtud que la libre circulación se realizará con normalidad en todo el país, aun en las zonas descritas en el Decreto, NO SE REQUERIRÁ SALVOCONDUCTO y con el propósito de darle cumplimiento al presente Decreto, garantizando el respeto a los derechos humanos de las personas y el debido proceso, se conformará un equipo de abogados de la Policía Nacional quienes acompañarán y asesorarán a los miembros de la carrera policial en observancia a sus funciones.

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